jueves, 10 de noviembre de 2011

MEMO N° 39/11

PAUTAS PLANILLA RESUMEN CALIFICACIÓN PERSONAL DOCENTE

Fecha de entrega de Planillas en SAD : 19 de diciembre de 2011
MODELO DE PLANILLA ENVIADA VÍA MAIL Y EN FOTOCOPIADORAS HABITUALES
1- Presentar por separado las planillas según situación de revista (por duplicado). Diferenciar en cada Nivel las Modalidades que prestan su apoyatura ( Psicología, Artística, Educación Física)
2- No se entregarán en SAD copias de SET 4
3- En las Planillas Resumen se deberán consignar todos los datos:
Código del Establecimiento (figura en Cédula Escolar)

4- En Nivel/ Modalidad se deberá indicar:

Código de Nivel: INICIAL: J – PRIMARIA: G – SECUNDARIA BÁSICA: E – SECUNDARIA SUPERIOR: P – SUPERIOR: R – MEDIA ADULTOS: M.

Código de Modalidades: ESPECIAL: K – EDUCACIÓN FÍSICA: N – ARTÍSTICA: T – ADULTOS: L – PSICOLOGÍA: S.

5- ÍTEM DESEMPEÑO:

• Se deberá consignar en titulares, provisionales y suplentes con continuidad: desde 01/01/2011 hasta 29/02/2012.
• En los demás casos: período de real desempeño, recordando que corresponde CALIFICACIÓN en el caso de desempeño de 30 días o más.

ASPECTOS A TENER EN CUENTA ANTE PRESENTACIÓN DE RECURSOS

1- El legajo se inicia con el documento que da lugar al Recurso, Acta con el docente y Planilla de Calificación
2- Ante la firma en disconformidad, el agente calificador deberá dejar constancia escrita donde notifica al docente el plazo que dispone para presentar Recurso de Revocatoria (10 días hábiles Art. 129° del Estatuto del Docente)
3- Presentado el mismo, el agente calificador ratifica o rectifica lo actuado con la correspondiente calificación.
4- Rechazado el Recurso de Revocatoria, si el docente ratifica su disconformidad se elevarán las actuaciones a quien deba resolver el Jerárquico en Subsidio, en este caso el Tribunal de Clasificación vía Secretaría de Asuntos Docentes. Antes se brindará al presunto damnificado la posibilidad de agregar nuevos argumentos en su defensa (si los tuviera)
5- El agente calificador deberá documentar sistemáticamente el asesoramiento y el seguimiento efectuado para tratar de mejorar la actuación docente. Esta documentación se adjuntará al legajo fotocopiada y autenticada para que tenga validez, por orden cronológico y con las firmas del interesado y del superior jerárquico actuante.
6- Es fundamental el cumplimiento de los plazos establecidos en las normas vigentes ( Art. 161° del Estatuto del Docente y Decreto N° 2485/92)

• Revocatoria: 5 días
• Jerárquico: 10 días
• Intervenciones periódicas
• Secuencias: Las probanzas son los únicos elementos con que dispone el Tribunal para atender los Recursos.



SAD JUNIN
10/11/2011

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