Ante la necesidad de cobertura de cargos jerárquicos transitorios por vacancia o suplencia superior a 30 días y habiéndose agotado las nóminas o listados anuales del Distrito y de Distritos Vecinos, corresponde proceder a convocar a Pruebas de Selección según lo pautado en el Artículo 75º inciso 6.4.3 del Estatuto del Docente y la Resolución Nº 824/05 y acuerdos paritarios 2009
1. La JEFATURA DISTRITAL , en uso de sus facultades solicita convocar a:
A – Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir, que cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo.
A1 – Docentes del establecimiento
A2 – Docentes del distrito
B – Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir, que no cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo
A1 – Docentes del establecimiento
A2 – Docentes del distrito
C – Personal docente Provisional del mismo inciso escalafonario
del cargo a cubrir, en el orden establecido en A1, A2.
D – Personal docente Titular de otros incisos escalafonarios en el orden establecido en A1, A2,
E –Personal docente Provisional de otros incisos escalafonarios en el orden establecido en A1, A2,
OBSERVACION:
Para los docentes titulares considerar como antecedente de valoración, el puntaje y la antigüedad docente al 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria. Así mismo a los fines de la conversión del puntaje será utilizada la tabla obrante en el Anexo II de la Resolución N ° 824/05.
Para los docentes provisionales, el puntaje se obtiene según el procedimiento indicado en el art. 75. inc 9, correspondiendo a la Comisión Evaluadora valorar los antecedentes de los postulantes de acuerdo con las pautas del art 60 (puntaje de ingreso a la docencia) y establecer que la conversión del puntaje se realizara de acuerdo a lo establecido en la Resolución 2139/06
EN EL SIGUIENTE ENLACE SE ENCONTRARÁ LA DISPOSICIÓN Y DEMÁS INFORMACIÓN NECESARIA.
INSCRIPCIÓN EN SAD: 04/11/19 AL 06/11/19
ACOMPAÑAR EL ANEXO DE INSCRIPCIÓN POR DUPLICADO CON COPIA DEL PAD 2018 (TITULARES) Y PID (PROVISIONALES)
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