Ante la necesidad de cobertura de cargos
jerárquicos transitorios por vacancia o suplencia superior a 30 días y
habiéndose agotado las nóminas o listados anuales del Distrito y de Distritos
Vecinos, corresponde proceder a convocar a Pruebas de Selección según lo
pautado en el Artículo 75º inciso 6.4.3 del Estatuto del Docente y la
Resolución Nº 824/05 y acuerdos paritarios 2009
1. La JEFATURA DISTRITAL ,
en
uso de sus facultades solicita convocar a:
A – Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir,
que cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo.
A1 – Docentes
del establecimiento
A2 – Docentes
del distrito
B – Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir,
que no cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo
A1 – Docentes del establecimiento
A2 – Docentes del distrito
C – Personal
docente Provisional del mismo inciso escalafonario
del cargo a
cubrir, en el orden establecido en A1, A2.
Ante la necesidad de cobertura de cargos
jerárquicos transitorios por vacancia o suplencia superior a 30 días y
habiéndose agotado las nóminas o listados anuales del Distrito y de Distritos
Vecinos, corresponde proceder a convocar a Pruebas de Selección según lo
pautado en el Artículo 75º inciso 6.4.3 del Estatuto del Docente y la
Resolución Nº 824/05 y acuerdos paritarios 2009
1. La JEFATURA DISTRITAL ,
en
uso de sus facultades solicita convocar a:
A – Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir,
que cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo.
A1 – Docentes
del establecimiento
A2 – Docentes
del distrito
B – Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir,
que no cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo
A1 – Docentes del establecimiento
A2 – Docentes del distrito
C – Personal
docente Provisional del mismo inciso escalafonario
del cargo a
cubrir, en el orden establecido en A1, A2.
E –Personal docente Provisional de
otros incisos escalafonarios en el orden establecido en A1, A2,
OBSERVACION:
Para los docentes titulares considerar como antecedente de valoración, el puntaje y la
antigüedad docente al 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria. Así
mismo a los fines de la conversión del puntaje será utilizada la tabla obrante
en el Anexo II de la
Resolución N ° 824/05.
Para los docentes provisionales, el puntaje se obtiene según el
procedimiento indicado en el art. 75. inc 9, correspondiendo a la Comisión
Evaluadora
valorar los antecedentes de los
postulantes de acuerdo con las pautas del art 60 (puntaje de ingreso a la
docencia) y establecer que la conversión del puntaje se realizara de acuerdo
a lo establecido en la Resolución 2139/06
EN EL SIGUIENTE ENLACE SE ENCONTRARÁ LA DISPOSICIÓN Y DEMÁS INFORMACIÓN NECESARIA.
INSCRIPCIÓN EN SAD: 28/10/19 AL 30/10/19
ACOMPAÑAR EL ANEXO DE INSCRIPCIÓN POR DUPLICADO CON COPIA DEL PAD 2018 (TITULARES) Y PID (PROVISIONALES)
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