Luego de realizar la consulta al NIVEL CENTRAL respecto a la disparidad evidenciada sobre la
fecha de corte para la inclusión de vacantes (29 de agosto) y fecha tope de inscripción de aspirantes
(8 de agosto), se rectifica lo publicado en el MEMO 22 donde dice: "Debido a que el corte de vacantes será posterior a la entrega de documentación en SAD (29/08/2014) se permitirá la rectificación de solicitudes, en los casos en que surjan nuevas vacantes que interesen a quienes solicitaron MAD (No se recibirán nuevas solicitudes de quienes no hayan pedido MAD oportunamente). Para realizar la rectificación, comunicarse con la Comisión de MAD en SAD" y se informa que de ninguna manera, se procederá a la aceptación de alguna modificación de datos - en lo que corresponde a pedidos y/o razones - en las planillas presentadas por los aspirantes, siendo potestad del mismo, solicitar los módulos / cargos / hs. cátedras que resulten de su interés y por los que se encuentre habilitado para acceder y desempeñar de acuerdo a sus antecedentes y titulación, y no se encuentren a su vez,formando parte de las exclusiones detalladas en la DISPOSICION 47/14, pudiendo por lo tanto, solicitar aquellos que al momento de su inscripción o al inicio del MAD no constituyeran aun vacantes, pero que el solicitante presumiera que podrían llegar a serlo.
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